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Continuidad de la moratoria 27.705 para quienes estén a 10 años de jubilarse

Continuidad de la moratoria 27.705 para quienes estén a 10 años de jubilarse

ANSES confirma la continuidad de la moratoria previsional 27.705 para trabajadores en actividad. Regularizá aportes y asegurá la jubilación de tus clientes.

Continuidad de la moratoria 27.705 para quienes estén a 10 años de jubilarse

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó la continuidad de la moratoria previsional establecida en la Ley 27.705 únicamente para quienes estén a 10 años de jubilarse permitiéndoles a quienes ya saben que no cuentan con los 30 años de aportes regularizarlos. Es fundamental que los profesionales y gestores previsionales comprendan el alcance y las implicancias de esta medida, ya que afectará la planificación y tramitación de futuras jubilaciones. 

La Ley 27.705 cuenta con dos planes de pago. Mientras que la posibilidad de acceder a una jubilación mediante moratoria para quienes ya alcanzaron la edad jubilatoria finalizará el 23 de marzo de 2025, se mantiene vigente el mecanismo de regularización de aportes para aquellas personas que se encuentren a menos de 10 años de cumplir con la edad requerida. 

Un dato importante para quienes cumplan con estos requisitos es que la posibilidad de regularizar períodos mediante el pago de la deuda con capital propio está disponible para cualquier persona, sin necesidad de contar con empleo formal, ya que no se verifica la procedencia de los fondos. Este beneficio también se extiende a los titulares de pensiones no contributivas (PNC).

Base Legal y Alcance de la Moratoria

La Ley 27.705 establece dos modalidades dentro del Plan de Pago de Deuda Previsional, de relevancia para la gestión de trámites previsionales, uno de ellos seguirá vigente:

  • Unidad de Pago de Deuda Previsional: Aplicable a quienes ya han alcanzado la edad jubilatoria. Su adhesión estará disponible sólo hasta el 23 de marzo de 2025.

  • Plan de Pago de Deuda Previsional para trabajadores en actividad: Esta medida permite que las personas que saben que no van a cumplir con los 30 años de aportes requeridos para poder jubilarse, puedan comenzar a saldar su deuda previsional.

  • Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores en Actividad: para quienes aún no cumplen la edad jubilatoria pero están dentro de los 10 años previos, permitiendo la regularización de aportes y garantizando así su futura jubilación. 

El artículo 3º de la ley establece que los períodos a regularizar abarcan aportes faltantes hasta el 31 de marzo de 2012. Esto es relevante para la determinación de la elegibilidad de los clientes en función de sus antecedentes laborales.

Requisitos y Condiciones para la Regularización

El régimen de regularización de aportes previsionales para trabajadores en actividad (Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores en Actividad) continuará vigente con las siguientes particularidades:

  • Período a regularizar: Se podrán cancelar aportes faltantes hasta marzo de 2012 inclusive.
  • Modalidad de pago: La cancelación se realizará mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP), permitiendo flexibilidad en la gestión de los aportes.
  • Sin evaluación socioeconómica: No se exigirá evaluación patrimonial para acceder al plan.
  • Opciones de regularización: Los beneficiarios podrán elegir cuántos años regularizar y en qué plazos, adaptándose a sus posibilidades económicas.

Requisitos:

Para que los profesionales previsionales puedan asesorar correctamente a sus clientes, es fundamental considerar los siguientes requisitos:

  • Edad: Entre 50 y 60 años en el caso de las mujeres y entre 55 y 65 años en el caso de los hombres (Artículo 16º de la Ley 27.705).

  • Situación laboral: No haber estado registrado como trabajador dependiente, autónomo o monotributista en los períodos que se desean regularizar.

Procedimiento de Admisión al Plan

Los gestores previsionales deberán guiar a sus clientes en el proceso el cual inicia con la solicitud de un turno en Anses, ingresando a www.anses.gob.ar y selenando la opción  “ Nuevo Plan de Pago de Deuda Previsional para trabajadores en actividad”. Durante la consulta, se calculará la deuda previsional y se generará el VEP correspondiente para su cancelación.

Impacto en la Gestión Previsional

La eliminación de la moratoria para quienes ya alcanzaron la edad jubilatoria ha generado incertidumbre en el sector, por lo que la continuidad del régimen para trabajadores en actividad cobra especial relevancia en la planificación de jubilaciones futuras. La labor de los gestores previsionales será clave para orientar a los clientes sobre la importancia de adherirse a este régimen antes de que alcancen la edad jubilatoria, garantizando así el acceso a una prestación previsional.

Conclusión

La moratoria previsional para quienes ya alcanzaron la edad jubilatoria finalizará el 23 de marzo de 2025. Sin embargo, los gestores previsionales deben tener presente que el régimen de regularización de aportes para trabajadores en actividad continuará vigente, permitiendo a quienes se encuentren a menos de 10 años de jubilarse completar sus períodos de cotización. Esto facilitará la planificación previsional y asegurará el acceso a una jubilación bajo los parámetros de la Ley 27.705, otorgando previsibilidad y acceso a la seguridad social a una amplia población de trabajadores.

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ANSES confirma la continuidad de la moratoria previsional 27.705 para trabajadores en actividad. Regularizá aportes y asegurá la jubilación de tus clientes.

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